domingo, 25 de noviembre de 2007

El personal de enfermería recetará algunos medicamentos en 2008

La prescripción se limitará a fármacos que no vulneran la ley estatal

TEREIXA CONSTENLA - Sevilla - 23/11/2007

El personal de enfermería tendrá a partir de 2008 cometidos que hasta ahora le estaban vedados. Cuando la Consejería de Salud apruebe las modificaciones normativas necesarias, podrán prescribir el uso de medicamentos que no requieren receta médica (por ejemplo: paracetamoles) y productos como sondas, vendas o gasas.

Esta medida, que no vulneraría la actual Ley estatal del Medicamento, es una de las recomendaciones realizadas por el grupo de trabajo creado en 2006 por la Administración andaluza para elaborar una propuesta de "desarrollo normativo" de "la capacidad legal de la enfermera para prescribir productos sanitarios", y que ha sido asumida por la Consejería de Salud, según admitieron ayer fuentes de la administración sanitaria.

En el borrador del grupo de trabajo, integrado por una docena de profesionales de enfermería, medicina y farmacia, se propone que "se autorice (capacite) legalmente a la enfermera a indicar la administración o uso de productos sanitarios y determinados medicamentos que no necesitan receta médica para su dispensación". El grupo entiende que no habrá "impedimento legal" puesto que la normativa actual no establece que deban ser prescritos por facultativos.

La capacitación del personal de enfermería para prescribir fármacos tiene un alcance económico, ya que los pacientes podrán adquirir productos y medicamentos financiados total o parcialmente por el sistema sanitario público.

En la lista de productos que podrían prescribir, según el documento del grupo de trabajo al que ha tenido acceso EL PAIS, figuran determinados antiinfecciosos, antisépticos, antiácidos, laxantes, preparados para heridas y úlceras, callicidas, analgésicos y antipiréticos, entre otros.

Sin embargo, el grupo de trabajo andaluz, cuyas conclusiones están en manos del Ministerio de Sanidad y de la Consejería de Salud, plantea ir más allá y considera "deseable" actuar en dos fases.

En la primera no sería necesaria una reforma legal y bastaría con que la comunidad autónoma establezca en una normativa "un modelo oficial de receta enfermera y de orden de prescripción enfermera" y que habilite en otra normativa al personal de enfermería "para indicar o usar los medicamentos calificados de dispensación sin receta a sus pacientes, así como la facultad para autorizar que la dispensación, cuando estén incluidos en la prestación farmacéutica, se realice con cargo al Servicios Andaluz de Salud".

En esta fase proponen también que el Ministerio de Sanidad "capacite legalmente a la enfermera para indicar o usar determinados medicamentos en colaboración con el médico" mediante el desarrollo normativo de una ley.

Situaciones de urgencia

Para la segunda fase, el grupo considera necesario que el Ministerio modifique la Ley del Medicamento (29/2006, de 26 de julio) para que la prescripción de medicamentos se reconozca como "una actividad más de la enfermera". "Debe contemplar la tipificación de determinados medicamentos como con receta médica o receta enfermera", agregan. Se limitaría a "situaciones de urgencia y emergencia" y "en el curso de su actividad clínica".

En este grupo se citan, entre otros, medicamentos como anestésicos locales, antibióticos de uso dermatológico, vasodilatadores para enfermedades cardiacas, vitaminas inyectables, insulinas o medicamentos para cuidados del embarazo (ácido fólico y hierro). Ahora mismo, todos ellos requieren una receta médica para ser adquiridos en una farmacia.